Pensión Compensatoria en Separación y Divorcio
Frecuentemente, los clientes suelen confundir la pensión compensatoria con la pensión de alimentos, cuando nada tienen que ver la una con la otra, pues esta última es para satisfacer las necesidades de los hijos en lo que respecta a educación, vestido y habitación entre otros.
¿Que es la Pensión Compensatoria?
Como su nombre indica, es una pensión que trata de compensar el desequilibrio que la separación o divorcio provoca a uno de los conyuges. Tradicionalmente, esta compensación se establecía en casi todos los casos a favor de la madre, puesto que se había dedicado de forma exclusiva a las tareas domesticas, cuidado de los hijos, no había tenido acceso al mercado laboral y, al separarse o divorciarse, quedaba totalmente carente de ingresos y con pocas probabilidades de encontrar trabajo. Hoy en día, y sobretodo debido a que afortunadamente el rol de la mujer ha cambiado, es una compensación que se establece a favor del conyuge que dicha ruptura matrimonial le produce un desequilibrio economico.
El desequilibrio económico de uno de los conyuges tiene que darse en relación con la posición del otro conyuge, es decir que la separación o divorcio suponga un empeoramiento en la situación que tenía en el matrimonio.
¿Cuanto tiempo hay que pagar la pensión compensatoria?
Depende de cada caso, pues la misma puede consistir en una pensión temporal o por tiempo indefinido, o en una prestación con un pago único.
En la Separación y Divorcio de Mutuo Acuerdo la pensión compensatoria puede establecerse en el Convenio Regulador siendo en este caso los conyuges quienes fijen y determinen la pensión, cuantía y el caracter temporal o indefinida.
En el proceso de Separación y Divorcio contencioso el Juez determinará su importe teniendo en cuenta las siguientes circunstancias:
- Los acuerdos a que hubieran llegado los cónyuges.
- La edad y el estado de salud.
- La cualificación profesional y las probabilidades de acceso a un empleo.
- La dedicación pasada y futura a la familia.
- La colaboración con su trabajo en las actividades mercantiles, industriales o profesionales del otro cónyuge.
- La duración del matrimonio y de la convivencia conyugal.
- La pérdida eventual de un derecho de pensión.
- El caudal y los medios económicos y las necesidades de uno y otro cónyuge.
- Cualquier otra circunstancia relevante.
Importancia de la pensión de viudedad tras la Separación y Divorcio
De conformidad cn la Ley General de la Seguridad Social, para tener derecho a la pensión de viudedad despues de una separación o divorcio se requerirá que las personas divorciadas o separadas judicialmente sean acreedoras de la pensión compensatoria. En el supuesto de que la cuantía de la pensión de viudedad fuera superior a la pensión compensatoria, aquélla se disminuirá hasta alcanzar la cuantía de esta última. En todo caso, tendrán derecho a la pensión de viudedad las mujeres víctimas de violencia de genero, aún no siendo acreedoras de pensión compensatoria.
Debe contar con el asesoramiento de un abogado para que estudie las singularidades de su caso y le aconseje la conveniencia de la reclamación o establecimiento de la pensión compensatoria.