Separación y Divorcio
Primeramente, es conveniente diferenciar entre Separación y Divorcio, ya que frecuentemente se usa uno y otro indistintamente pero sin embargo no son lo mismo:
- La Separación es la suspensión de la vida en común de los cónyuges. El matrimonio no queda disuelto tras la Sentencia Judicial o Escritura Pública Notarial y los cónyuges siguen casados. La separación está pensada para que en un momento posterior (no hay límite de plazo) los cónyuges decidan finalmente si se vuelven a unir en matrimonio o deciden divorciarse y poner fin al mismo.
- El Divorcio es la disolución definitiva del matrimonio cesando la vida conyugal.
¿Qué requisitos deben darse para solicitar la Separación o Divorcio?
- La mera voluntad de cualquiera de los cónyuges de querer separarse o divorciarse.
- Que hayan transcurrido más de 3 meses desde la celebración del matrimonio, salvo riesgo para la vida, la integridad física moral o sexual del cónyuge que lo solicita o de los hijos e hijas del matrimonio, que en tales casos no hace falta el transcurso de los 3 meses indicados.
¿Como se tramita la Separación o Divorcio?
- Proceso de Mutuo Acuerdo Judicial: Si hay hijos menores de edad, la única posibilidad de tramitar el proceso es ante el juzgado, con abogado y procurador, siendo el principal documento de la tramitación el Convenio Regulador donde se recogerán los acuerdos y pactos de los cónyuges.
- Proceso de Mutuo Acuerdo Notarial: Es un proceso rápido y sencillo que se tramita ante notario evitando costes y largos plazos en juzgados, pero únicamente puede tramitarse de esta forma cuando no haya hijos menores de edad.
- Proceso Contencioso: Si no consta acuerdo entre los cónyuges, ya sea con hijos menores o sin hijos, la única opción es tramitar el proceso ante el juzgado, con abogado y procurador, y será el juez quien decida sobre el regimen de custodia de los hijos, pensión de alimentos y uso de la vivienda y cargas familiares.